QUININDEÑOS QUE SUFRIERON AFECTACIONES CON EL TERREMOTO DEL 2016 YA PUEDEN ACOGERSE A LA REMISIÓN DE LAS DEUDAS TRIBUTARIAS, NO TRIBUTARIAS CONTEMPLADAS EN LA LEY ORGÁNICA DE SIMPLIFICACIÓN Y PROGRESIVIDAD TRIBUTARIA.

Una vez que fue publicada en Registro Oficial “LA ORDENANZA PARA LA APLICACIÓN DE LA REMISIÓN DE LAS DEUDAS TRIBUTARIAS, NO TRIBUTARIAS CONTEMPLADAS EN LA LEY ORGÁNICA DE SIMPLIFICACIÓN Y PROGRESIVIDAD TRIBUTARIA EN EL CANTÓN QUININDÉ”, los contribuyentes quinindeños afectados con el terremoto del 16 de abril de 2016, pueden acogerse a la remisión de las deudas tributarias, no tributarias contempladas en la Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria.

Este nuevo instrumento legal, busca perdonar las deudas de los quinindeños que sufrieron afectaciones por el terremoto del 16 de abril de 2016, deudas pendientes por impuesto predial urbano y rural del año 2016, 2017, 2018 y 2019; por impuesto de patentes municipales, la licencia única de funcionamiento turístico y no turístico; así como los intereses, multas y recargos, apostándole a la recuperación económica de los quinindeños.

Los beneficiarios serán los propietarios de viviendas afectadas por el terremoto de abril del 2016; también los microempresarios; y, organizaciones de la Economía Popular y Solidaria, que realicen actividades comerciales, industriales, financieras, inmobiliarias, profesionales; y, turísticas, que demuestren una afectación económica a consecuencia del terremoto.

Los quinindeños podrán acceder a este beneficio y ayuda por el lapso de seis meses y se podrán hacer convenios de pago para que todos puedan acceder a esta remisión, así mismo que los procesos de coactiva que se estén realizando se archiven para quienes se acojan a esta ordenanza, tal como lo permite la Ley de Simplificación Tributaria.

Según establece el Art. 2 de “LA ORDENANZA PARA LA APLICACIÓN DE LA REMISIÓN DE LAS DEUDAS TRIBUTARIAS, NO TRIBUTARIAS CONTEMPLADAS EN LA LEY ORGÁNICA DE SIMPLIFICACIÓN Y PROGRESIVIDAD TRIBUTARIA EN EL CANTÓN QUININDÉ”, la afectación podrá demostrarse a través del GAD municipal de Quinindé en caso de análisis de un sector económico, ya sea por su ubicación, o por el tipo de contribuyente, o por su similar actividad económica, siempre que sea sustentado en parámetros técnicos y económicos que permitan verificar la afectación en ingresos. La Dirección de Planificación municipal será la encargada de realizar los informes respectivos y de ser necesario podrá requerir el apoyo de las demás direcciones según el caso.

Last modified on Martes, 13 Julio 2021

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